Convenio colectivo de oficinas y despachos de Cataluña
Vigente
Autonómico y aplicable en toda Cataluña: cubre Barcelona y Tarragona, con jornada decreciente hasta 2027 y dos modalidades de pagas.
- Ámbito
- Cataluña
- Código de convenio
- 79000375011994
- Publicación oficial
- DOGC · 14 de mayo de 2026
- Vigencia
- 1 de enero de 2025 – 31 de diciembre de 2027
- Tablas vigentes
- 2026
- Última revisión
- 8 de agosto de 2026
A quién se aplica. Empresas de oficinas y despachos de todo el territorio de Cataluña. El artículo 4 es explícito: "este Convenio colectivo es aplicable en todo el territorio de Cataluña", y el artículo 6 declara sus materias de aplicación directa al amparo de los artículos 83 y 84 del Estatuto de los Trabajadores.
Lo esencial del convenio
Complementos y conceptos económicos
- Teletrabajo 1,66 €/día Anexo 6, importe de 2026.
- Dietas 71,64 € / 30,40 € Anexo 5: dieta completa y media dieta. Comida: 12,31 €.
- Kilometraje 0,39 €/km Anexo 5, el importe más alto de los convenios que cubrimos.
Tablas salariales 2026
Clasificación por grupo y nivel. Importes anuales brutos a jornada completa, sin antigüedad ni complementos personales.
| Grupo y nivel | Anual | Mensual (14 pagas) | Mensual (16,5 pagas) Modalidad alternativa del artículo 22.1 |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | 31.989,01 € | 2284,93 € | 1938,73 € |
| Grupo 2 | 26.922,89 € | 1923,06 € | 1631,69 € |
| Grupo 3 · Nivel 1 | 26.054,41 € | 1861,03 € | 1579,05 € |
| Grupo 3 · Nivel 2 | 25.041,18 € | 1788,66 € | 1517,65 € |
| Grupo 4 · Nivel 1 | 23.738,47 € | 1695,60 € | 1438,70 € |
| Grupo 4 · Nivel 2 | 23.448,96 € | 1674,93 € | 1421,15 € |
| Grupo 5 · Nivel 1 | 23.159,49 € | 1654,25 € | 1403,61 € |
| Grupo 5 · Nivel 2 | 22.869,98 € | 1633,57 € | 1386,06 € |
| Grupo 5 · Nivel 3 | 21.883,49 € | 1563,11 € | 1326,27 € |
| Grupo 6 · Nivel 1 | 21.277,77 € | 1519,84 € | 1289,56 € |
| Grupo 6 · Nivel 2 | 19.106,57 € | 1364,75 € | 1157,97 € |
| Grupo 6 · Nivel 3 | 17.652,68 € | 1260,91 € | 1069,86 € |
| Grupo 7 | 17.369,62 € | 1240,69 € | 1052,70 € |
Incremento del 4 % sobre 2025. Para 2027 se pacta otro 4 % y hasta un 1 % adicional si el IPC interanual de diciembre de 2026 supera el 4 %. Es la escala más abierta de los convenios de oficinas y despachos que cubrimos: del grupo 7 al 1 hay un factor de 1,84. Fuente: DOGC · DOGC núm. 9665, de 14 de mayo de 2026.
Qué te cuesta de verdad
Sobre el salario de convenio de grupo 6, sumando lo que la empresa paga además del bruto.
Salario de convenio
17.653 €/año bruto
Grupo 6
- Bruto mensual (12 pagas)1.471 €
- Salario mínimo interprofesional17.094 €
El artículo 15.6 sitúa expresamente a telefonistas y recepcionistas en el grupo profesional 6, pero no precisa el nivel. Tomamos el nivel 3, el más bajo del grupo, que es la lectura más conservadora.
Coste real para tu empresa
2.247 €/mes
≈ 26.964 € al año, jornada completa
- Salario bruto1.471 €
- Seguridad Social empresa (~31 %)462 €
- Beneficios sociales170 €
- Puesto de oficina (9 m², Barcelona)144 €
No incluye antigüedad, complementos personales, variables ni horas extraordinarias.
Coste según convenio y con EquipoListo
Jornada completa. Importes orientativos sin IVA.
| Categoría del convenio | Bruto anual | Coste empresa/mes | EquipoListo/mes | Diferencia |
|---|---|---|---|---|
| Grupo 6 | 17.653 € | 2.247 € | 1.040 € | 54 % |
Para grupo 6, la diferencia es de 1.207 €/mes (14.484 €/año), un 54 %.
Empieza con 14 días de garantíaParticularidades de este convenio
No existe convenio de oficinas y despachos de Barcelona: Cataluña negocia uno solo para toda la comunidad, y su texto blinda expresamente la aplicación directa frente a convenios de ámbito inferior. Es el más generoso de los tres que cubrimos en el techo de la escala —el grupo 1 supera los 31.900 € anuales, casi un 47 % más que el nivel más alto de Madrid— aunque en la base los tres están igual de comprimidos contra el salario mínimo.
Jornada decreciente pactada
1.760 horas en 2025, 1.752 en 2026 y 1.744 desde 2027. Es el único convenio de la sección que pacta reducir la jornada año a año.
Dos modalidades de pagas
La empresa puede aplicar 14 o 16,5 pagas. El importe anual es idéntico, pero la mensualidad cambia mucho, así que comparar mensualidades entre convenios sin normalizar induce a error.
La escala más abierta
Del grupo 7 al grupo 1 hay un factor de 1,84, frente al 1,28 de Madrid. La diferencia entre territorios no es un desplazamiento uniforme: en la base pagan casi lo mismo y en el techo Cataluña paga casi un 50 % más.
Cubre Barcelona y Tarragona
Al ser autonómico, es el convenio aplicable en ambas provincias. No hay convenio provincial de oficinas y despachos de Barcelona.
Estado y vigencia
Vigente
Firmado el 14 de abril de 2026 y publicado el 14 de mayo de 2026. Vigente hasta el 31 de diciembre de 2027, con prórroga tácita anual salvo denuncia en los 180 días anteriores. Es el único convenio de oficinas y despachos que cubrimos con jornada decreciente pactada y con tablas de 2027 ya publicadas.
Publicaciones oficiales
- 14 de mayo de 2026 Resolución EMT/1432/2026, de 6 de mayo: texto del convenio y tablas de 2025 a 2027 DOGC · DOGC núm. 9665 · Resolución EMT/1432/2026
Preguntas frecuentes
¿Existe un convenio de oficinas y despachos de Barcelona?
No. Hay uno solo para toda Cataluña, de ámbito autonómico, que se aplica en Barcelona, Tarragona, Girona y Lleida. El artículo 4 lo dice expresamente y el artículo 6 declara sus materias de aplicación directa al amparo de los artículos 83 y 84 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuánto se cobra según el convenio de oficinas y despachos de Cataluña en 2026?
La escala va de 17.369,62 € brutos anuales en el grupo 7 a 31.989,01 € en el grupo 1. Telefonistas y recepcionistas están en el grupo 6, que va de 17.652,68 € a 21.277,77 € según el nivel.
¿Qué son las 16,5 pagas?
Una modalidad alternativa que permite el artículo 22.1: la empresa puede repartir la misma retribución anual en 14 o en 16,5 pagas. El total del año no cambia; solo cambia el importe de cada mensualidad, por lo que la tabla publica las dos columnas.
¿Tiene antigüedad?
No. Está suprimida desde el 31 de diciembre de 1997. Lo que se venía percibiendo quedó como complemento ad personam congelado, que se revaloriza igual que el resto de conceptos, pero no se generan nuevos cuatrienios ni trienios.
Metodología. Los datos de cada convenio se transcriben de su publicación oficial en el boletín correspondiente (BOE para los de ámbito estatal, y el boletín autonómico o provincial en el resto), cuya referencia y enlace figuran al pie de cada tabla. Las tablas salariales son las últimas publicadas oficialmente: cuando un convenio está en ultraactividad y no hay tablas nuevas, se indica de forma expresa y se muestran las últimas vigentes en lugar de estimarlas. El coste para la empresa se calcula sobre el salario de convenio sumando la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa (~31 %), los beneficios sociales medios y el coste del puesto de oficina, con el mismo método que el resto de la web. Los importes son brutos anuales a jornada completa y no incluyen antigüedad, complementos personales, variables ni horas extraordinarias. Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento laboral: antes de aplicar un convenio a un caso concreto, comprueba la publicación oficial enlazada y consúltalo con un profesional. Fuentes: BOE — Boletín Oficial del Estado; BOCM — Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; DOGC — Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya; BOP — Boletines oficiales de provincia; REGCON — Registro de convenios y acuerdos colectivos del Ministerio de Trabajo. Última verificación de esta página: 8 de agosto de 2026.
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