Convenio colectivo de ingenierías y oficinas técnicas
En ultraactividad
Convenio en ultraactividad desde 2025: las últimas tablas oficiales son de 2024 y el XXI está firmado pero sin publicar.
- Ámbito
- Estatal
- Código de convenio
- 99002755011981
- Publicación oficial
- BOE · 10 de marzo de 2023
- Vigencia
- 1 de enero de 2021 – 31 de diciembre de 2024
- Tablas vigentes
- 2024
- Última revisión
- 8 de agosto de 2026
A quién se aplica. Empresas de ingeniería, oficinas de estudios técnicos, y empresas de inspección, supervisión y control técnico y de calidad.
Lo esencial del convenio
Complementos y conceptos económicos
- Plus de convenio 2.493,50 €/año Artículo 38. Cuantía fija idéntica para todos los niveles, que se suma al salario de tabla: pesa mucho más en los niveles bajos.
- Nocturnidad +25 % Artículo 35, por el trabajo entre las 22:00 y las 6:00, salvo turnos y personal contratado expresamente para horario nocturno.
- Seguro por accidente de trabajo Mínimo 22.000 € Artículo 30, por muerte, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez derivadas de accidente de trabajo.
- Horas extraordinarias +75 % en descanso Artículo 36: compensación en descanso incrementado en al menos un 75 %.
- Dietas y kilometraje 51 €/día · 0,28 €/km Artículo 37: 51 €/día con pernocta (30 €/día los primeros 20 días si la empresa facilita alojamiento) y 12 € por comida sin pernocta, más peajes y aparcamiento.
Periodo de prueba
- Niveles 1 y 2 6 meses
- Niveles 3 a 7 3 meses
- Nivel 8 15 días laborables
Tablas salariales 2024
Clasificación por nivel salarial. Importes anuales brutos a jornada completa, sin antigüedad ni complementos personales.
| Nivel | Categorías administrativas Según el esquema de agrupamiento del artículo 17 | Salario de tabla Anual, artículo 33 | Plus de convenio Anual, artículo 38 | Total anual |
|---|---|---|---|---|
| 1 | — | 26.170,62 € | 2493,50 € | 28.664,12 € |
| 2 | — | 19.730,76 € | 2493,50 € | 22.224,26 € |
| 3 | Jefe/a 1.ª administrativo/a | 19.025,86 € | 2493,50 € | 21.519,36 € |
| 4 | Jefe/a 2.ª administrativo/a | 17.443,16 € | 2493,50 € | 19.936,66 € |
| 5 | Oficial 1.ª administrativo/a | 15.585,64 € | 2493,50 € | 18.079,14 € |
| 6 | Oficial 2.ª administrativo/a | 13.427,96 € | 2493,50 € | 15.921,46 € |
| 7 | Telefonista-recepcionista, auxiliar administrativo/a | 12.977,44 € | 2493,50 € | 15.470,94 € |
| 8 | — | 12.966,94 € | 2493,50 € | 15.460,44 € |
Los niveles 6, 7 y 8 quedan por debajo del SMI de 2026 (17.094 €). El artículo 34 bis obliga a las empresas a garantizar que la persona perciba como mínimo el salario mínimo legal, así que en la práctica esas categorías cobran el SMI. Fuente: BOE · BOE-A-2024-5873, de 23 de marzo de 2024.
Qué te cuesta de verdad
Sobre el salario de convenio de oficial 1.ª administrativo/a (nivel 5), sumando lo que la empresa paga además del bruto.
Salario de convenio
18.079 €/año bruto
Oficial 1.ª administrativo/a (nivel 5)
- Bruto mensual (12 pagas)1.507 €
- Salario mínimo interprofesional17.094 €
Importe de la tabla de 2024, la última publicada oficialmente.
Coste real para tu empresa
2.240 €/mes
≈ 26.876 € al año, jornada completa
- Salario bruto1.507 €
- Seguridad Social empresa (~31 %)473 €
- Beneficios sociales170 €
- Puesto de oficina (9 m², España)90 €
No incluye antigüedad, complementos personales, variables ni horas extraordinarias.
Coste según convenio y con EquipoListo
Jornada completa. Importes orientativos sin IVA.
| Categoría del convenio | Bruto anual | Coste empresa/mes | EquipoListo/mes | Diferencia |
|---|---|---|---|---|
| Oficial 1.ª administrativo/a (nivel 5) | 18.079 € | 2.240 € | 1.040 € | 54 % |
| Telefonista-recepcionista (nivel 7) | 17.094 € | 2.132 € | 1.040 € | 51 % |
| Auxiliar administrativo/a (nivel 7) | 17.094 € | 2.132 € | 1.040 € | 51 % |
Para oficial 1.ª administrativo/a (nivel 5), la diferencia es de 1.200 €/mes (14.396 €/año), un 54 %.
Empieza con 14 días de garantíaParticularidades de este convenio
El convenio de ingenierías lleva desde enero de 2025 en ultraactividad: sigue aplicándose íntegro, pero sus tablas salariales llevan dos años sin actualizarse. En julio de 2026 se alcanzó un principio de acuerdo para el XXI Convenio, con vigencia 2025-2028, que aún no se ha publicado en el BOE. Mientras tanto, la referencia legal siguen siendo las cifras de 2024, con la particularidad de que sus tres niveles inferiores han quedado por debajo del salario mínimo y se elevan a él por la cláusula de garantía del propio convenio.
En ultraactividad desde 2025
Venció a finales de 2024 y sigue aplicándose. Cuando se publique el XXI Convenio habrá que abonar los atrasos de 2025 y 2026, así que conviene provisionarlos.
Plus de convenio plano
2.493,50 € anuales iguales para todos los niveles. En el nivel 8 supone el 16 % de la retribución total y en el nivel 1 menos del 9 %: aplana mucho la escala por abajo.
Trienios hasta el 60 %
Cinco trienios del 5 %, tres del 10 % y uno del 5 %, hasta el 60 % a los 27 años. Se abonan con arreglo a la última categoría y sueldo base de convenio.
Cláusula de garantía del SMI
El artículo 34 bis obliga a garantizar el salario mínimo legal. Los niveles 6, 7 y 8 de la tabla de 2024 están por debajo del SMI de 2026, así que en la práctica cobran el mínimo.
Estado y vigencia
En ultraactividad
El convenio venció el 31 de diciembre de 2024 y está en ultraactividad desde el 1 de enero de 2025. No hay tablas salariales oficiales de 2025 ni de 2026: las últimas publicadas en el BOE son las de 2024, y son las que mostramos.
Negociación en curso. Existe un principio de acuerdo del XXI Convenio, alcanzado el 6 de julio de 2026 entre la patronal y los sindicatos, con vigencia prevista 2025-2028. Cuando se publique, las empresas deberán abonar los atrasos de 2025 y 2026.
Publicaciones oficiales
- 23 de marzo de 2024 Resolución de 12 de marzo de 2024: tablas salariales de 2024 BOE · BOE-A-2024-5873
- 18 de mayo de 2023 Resolución de 8 de mayo de 2023: tablas salariales de 2023 BOE · BOE-A-2023-11785
- 10 de marzo de 2023 Resolución de 27 de febrero de 2023: texto del XX Convenio colectivo BOE · BOE-A-2023-6346
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las tablas salariales vigentes del convenio de ingenierías?
Las de 2024, publicadas en el BOE de 23 de marzo de 2024. El convenio venció el 31 de diciembre de 2024 y está en ultraactividad, así que no hay tablas oficiales de 2025 ni de 2026. El XXI Convenio tiene principio de acuerdo desde julio de 2026 pero todavía no se ha publicado.
¿Qué pasará cuando se publique el nuevo convenio?
La vigencia prevista es 2025-2028, con efectos retroactivos, de modo que las empresas deberán abonar los atrasos de 2025 y 2026. Si estás presupuestando personal bajo este convenio, conviene provisionarlos.
¿Cuánto cobra un oficial administrativo de primera en una ingeniería?
Según la tabla de 2024, el nivel 5 tiene 15.585,64 € de salario de tabla más 2.493,50 € de plus de convenio, es decir 18.079,14 € brutos anuales en 14 pagas. Esa cifra subirá cuando se publique el XXI Convenio.
¿Por qué algunos niveles están por debajo del salario mínimo?
Porque las tablas son de 2024 y el SMI ha subido después. El artículo 34 bis del convenio obliga a las empresas a garantizar el mínimo legal, así que los niveles 6, 7 y 8 se elevan al SMI de 2026: 17.094 € anuales.
Metodología. Los datos de cada convenio se transcriben de su publicación oficial en el boletín correspondiente (BOE para los de ámbito estatal, y el boletín autonómico o provincial en el resto), cuya referencia y enlace figuran al pie de cada tabla. Las tablas salariales son las últimas publicadas oficialmente: cuando un convenio está en ultraactividad y no hay tablas nuevas, se indica de forma expresa y se muestran las últimas vigentes en lugar de estimarlas. El coste para la empresa se calcula sobre el salario de convenio sumando la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa (~31 %), los beneficios sociales medios y el coste del puesto de oficina, con el mismo método que el resto de la web. Los importes son brutos anuales a jornada completa y no incluyen antigüedad, complementos personales, variables ni horas extraordinarias. Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento laboral: antes de aplicar un convenio a un caso concreto, comprueba la publicación oficial enlazada y consúltalo con un profesional. Fuentes: BOE — Boletín Oficial del Estado; BOCM — Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; DOGC — Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya; BOP — Boletines oficiales de provincia; REGCON — Registro de convenios y acuerdos colectivos del Ministerio de Trabajo. Última verificación de esta página: 8 de agosto de 2026.
Otros convenios colectivos
- Convenio de contact center
- Convenio de consultoría y tecnologías de la información
- Convenio de gestorías administrativas
- Convenio de asesores fiscales
- Convenio de empresas de publicidad
- Convenio de oficinas y despachos de Madrid
- Convenio de oficinas y despachos de Cataluña
- Convenio de oficinas y despachos de Valencia
- Convenio de peluquerías y estética
- Convenio de gestión y mediación inmobiliaria