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Convenio colectivo de gestorías administrativas

Vigente · expira pronto

El convenio de las gestorías: 1.780 horas al año, sin antigüedad, y con las categorías de entrada pegadas al salario mínimo.

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Ámbito
Estatal
Código de convenio
99002385011981
Publicación oficial
BOE · 30 de agosto de 2024
Vigencia
1 de enero de 2024 – 31 de diciembre de 2026
Tablas vigentes
2026
Última revisión
8 de agosto de 2026

A quién se aplica. Gestorías administrativas y despachos que tramitan gestiones ante las administraciones públicas por cuenta de terceros: tráfico, extranjería, seguridad social, fiscalidad y registros.

Lo esencial del convenio

Jornada 1780 h/año Artículo 21: máximo de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo, garantizando el disfrute de 14 festivos. Jornada continua durante dos meses consecutivos en verano, uno de ellos agosto.
Vacaciones 22 días laborables
Pagas 14 Doce mensualidades más dos gratificaciones de 30 días de salario de convenio, abonadas como máximo el 15 de julio y el 22 de diciembre. Prorrateables a criterio de la empresa.
Antigüedad No existe No existe complemento de antigüedad de devengo. Solo se mantienen, como complemento ad personam no absorbible ni compensable, la antigüedad consolidada y el complemento por desaparición de categoría procedentes de convenios anteriores.

Complementos y conceptos económicos

  • Teletrabajo 1,00 €/día efectivo Artículo 49. Además, la empresa dota ordenador y, en su caso, móvil con datos, y opcionalmente 60 € por teclado, ratón y pantalla. Es extrasalarial y no compensable.
  • Dietas 15 € / 28 € Artículo 26: 15 € por una comida fuera con pernocta en domicilio y 28 € por dos comidas.
  • Kilometraje 0,26 €/km Artículo 26.
  • Horas extraordinarias +50 % Artículo 23, con preferencia por la compensación en descanso equivalente.

Periodo de prueba

  • Grupo I (titulados) 6 meses
  • Grupos II y III 2 meses
  • Grupo IV 15 días

Tablas salariales 2026

Clasificación por grupo y categoría. Importes anuales brutos a jornada completa, sin antigüedad ni complementos personales.

Tabla salarial 2026 del IX Convenio colectivo estatal de gestorías administrativas, por grupo y categoría.
Grupo Categoría Salario anual En 14 pagas
I Titulado superior 26.360,02 €
I Titulado medio 24.849,93 €
II y III Coordinador, jefe administrativo, jefe técnico 21.703,62 €
II y III Oficial 1.ª, técnico sénior 20.109,56 €
II y III Oficial 2.ª, técnico júnior 18.375,58 €
II y III Auxiliar administrativo, ayudante técnico 16.842,85 €
IV Ordenanza 16.842,85 €
IV Personal de limpieza 16.842,85 €

Las categorías de auxiliar administrativo, ayudante técnico y todo el grupo IV figuran en tabla por debajo del SMI de 2026 (17.094 €). El propio convenio las excluye del incremento pactado porque "ven adecuados sus salarios a lo establecido para el SMI vigente": en la práctica cobran el SMI, no el importe de la tabla. Fuente: BOE · BOE-A-2024-17575, de 30 de agosto de 2024.

Qué te cuesta de verdad

Sobre el salario de convenio de oficial 1.ª, sumando lo que la empresa paga además del bruto.

Salario de convenio

20.110 €/año bruto

Oficial 1.ª

  • Bruto mensual (12 pagas)1.676 €
  • Salario mínimo interprofesional17.094 €

Se asciende automáticamente de auxiliar a oficial 2.ª tras cuatro años de permanencia, con evaluación positiva y formación superada.

Coste real para tu empresa

2.462 €/mes

≈ 29.544 € al año, jornada completa

  • Salario bruto1.676 €
  • Seguridad Social empresa (~31 %)526 €
  • Beneficios sociales170 €
  • Puesto de oficina (9 m², España)90 €

No incluye antigüedad, complementos personales, variables ni horas extraordinarias.

Coste según convenio y con EquipoListo

Jornada completa. Importes orientativos sin IVA.

Categoría del convenio Bruto anual Coste empresa/mes EquipoListo/mes Diferencia
Oficial 1.ª 20.110 € 2.462 € 1.040 € 58 %
Auxiliar administrativo 17.094 € 2.132 € 1.040 € 51 %
Auxiliar administrativo 17.094 € 2.132 € 1.040 € 51 %

Para oficial 1.ª, la diferencia es de 1.422 €/mes (17.064 €/año), un 58 %.

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Particularidades de este convenio

El convenio de gestorías administrativas ordena un sector muy atomizado, con despachos pequeños y mucha carga de tramitación. Su rasgo más llamativo para quien contrata es la promoción automática: un auxiliar administrativo pasa a oficial de segunda a los cuatro años si cumple los requisitos, lo que supone un salto salarial de más de 1.500 € anuales que conviene tener presupuestado.

Promoción automática a los 4 años

El auxiliar administrativo asciende a oficial de 2.ª tras cuatro años de permanencia, con evaluación positiva, formación superada y sin sanciones graves firmes. Es un salto de tabla que llega solo.

Teletrabajo con compensación tasada

Un euro por día efectivo de teletrabajo, más el equipo, y opcionalmente 60 € por teclado, ratón y pantalla. Es extrasalarial y no absorbible.

Categorías de entrada en el SMI

Auxiliar administrativo y todo el grupo IV figuran en tabla por debajo del salario mínimo, así que en la práctica cobran el SMI. El convenio no añade nada sobre el suelo legal en esos puestos.

Jornada de las más largas

1.780 horas anuales, por encima de la mayoría de convenios de oficina, aunque con jornada continua garantizada dos meses en verano.

Estado y vigencia

Vigente · expira pronto

Vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, con prórroga anual automática salvo denuncia con tres meses de antelación. Las tablas de 2026 venían ya en el anexo del propio convenio de 2024.

Publicaciones oficiales

  1. 16 de febrero de 2026 Resolución de 30 de enero de 2026: acuerdo de modificación (medidas de igualdad y no discriminación LGTBI) BOE · BOE-A-2026-3595
  2. 30 de agosto de 2024 Resolución de 20 de agosto de 2024: texto del IX Convenio colectivo y tablas hasta 2026 BOE · BOE-A-2024-17575

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un auxiliar administrativo en una gestoría en 2026?

La tabla del convenio fija 16.842,85 € anuales, pero esa cifra está por debajo del Salario Mínimo Interprofesional de 2026 (17.094 €). El propio convenio excluye a esta categoría del incremento pactado precisamente porque su salario queda adecuado al SMI, así que el importe realmente aplicable es el salario mínimo.

¿Tiene antigüedad el convenio de gestorías?

No de devengo. Solo se mantienen como complemento ad personam la antigüedad consolidada y el complemento por desaparición de categoría de convenios anteriores, para quien ya los tuviera reconocidos. Quien entra hoy no genera antigüedad.

¿Cuántos días de vacaciones y cuántas horas al año?

22 días laborables de vacaciones, contando el sábado como no laborable, y un máximo de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo, con 14 festivos garantizados.

¿Hay categoría de recepcionista en el convenio de gestorías?

No. El artículo 12 integra en la categoría de auxiliar administrativo las funciones de recepción y redirección de llamadas, correos y otras comunicaciones electrónicas, junto con archivo, mecanografiado, grabación de datos y gestiones ante las administraciones.

Metodología. Los datos de cada convenio se transcriben de su publicación oficial en el boletín correspondiente (BOE para los de ámbito estatal, y el boletín autonómico o provincial en el resto), cuya referencia y enlace figuran al pie de cada tabla. Las tablas salariales son las últimas publicadas oficialmente: cuando un convenio está en ultraactividad y no hay tablas nuevas, se indica de forma expresa y se muestran las últimas vigentes en lugar de estimarlas. El coste para la empresa se calcula sobre el salario de convenio sumando la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa (~31 %), los beneficios sociales medios y el coste del puesto de oficina, con el mismo método que el resto de la web. Los importes son brutos anuales a jornada completa y no incluyen antigüedad, complementos personales, variables ni horas extraordinarias. Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento laboral: antes de aplicar un convenio a un caso concreto, comprueba la publicación oficial enlazada y consúltalo con un profesional. Fuentes: BOE — Boletín Oficial del Estado; BOCM — Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; DOGC — Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya; BOP — Boletines oficiales de provincia; REGCON — Registro de convenios y acuerdos colectivos del Ministerio de Trabajo. Última verificación de esta página: 8 de agosto de 2026.

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